NOTICIA GRD

Corte de Apelaciones falla contra Clínica Las Condes en querella contra ex Gerente General por “administración desleal”

Un nuevo revés judicial sufrió Clínica las Condes (CLC) en su ofensiva contra ex altos ejecutivos. La séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó ayer la querella interpuesta por la institución privada de salud en contra de su ex gerente general Freddy Jacial, a quien acusó de “administración desleal” imputándole haber recibido una cantidad excesiva de pacientes Covid-19 el año pasado y faltando a su deber de informar la adopción de estas medidas y sus costos asociado al directorio que preside Alejandro Gil.

La instancia consideró que “el contexto de excepción constitucional y de normativa sanitaria imperativa  excluye la posibilidad de no acatamiento de las obligaciones impuestas por la autoridad, de tal modo que no cabe sino el cumplimiento de lo exigido por ésta, no pudiendo tampoco la entidad empleadora del querellado aducir falta de información o desconocimiento de este acontecer en cuanto se trata de una política pública, excepcional, bastante informada y que acorde al mérito de los antecedentes vertidos, fue además debidamente comunicada.

De esta manera, el tribunal confirmó la sentencia de primera instancia del juez Rodrigo Carrasco que consideró que no se daban los requisitos necesarios para considerar que la conducta atribuida a Fredy Jacial sea constitutiva de delito. “Los actos realizados por el querellado en su calidad de gerente general dicen relación a su aceptación a los términos impuestos por el Estado dentro del manejo que se hizo y se sigue haciendo en el contexto de la pandemia de Covid-19. No se observa que el querellado haya realizado alguna actividad dolosa, que tenga como objetivo el perjuicio patrimonial de CLC. En ese sentido, cabe tener en consideración que el querellado no estaba en posibilidad de decidir sobre el ingreso o rechazo de pacientes FONASA como se le imputa” indica la resolución.

Aclara respecto de este último punto que esas funciones son propias del Director Médico “de tal manera que el gerente general no tenía ninguna facultad de rechazo de pacientes como se le imputa”.

Sobre la denuncia de perjuicios económicos sufridos por la entidad privada toda vez que el pago de Fonasa fue mediante el sistema GRD y esto habría provocado un perjuicio económica a CLC, la resolución puntualizó que éstos “están siendo demandados en un juicio que se sigue por CLC contra el Fisco de Chile, donde se reconoce que el Estado impuso medidas a CLC, las que acarrearon una disminución en su patrimonio lo cual viene a evidenciar la falta de facultades del querellado en su calidad de gerente general, en cuanto a negarse a los requerimientos de la autoridad sanitaria.

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